Disposición final tercera. Desarrollo de la Ley.
Disposición final tercera de la Ley 2/2007, de 5 de junio, del Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya. · BOE-A-2007-13685
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-06-13.
Texto consolidado
El Gobierno y la persona titular del departamento competente por razón de la materia deben dictar, en el ámbito de sus respectivas competencias, las normas necesarias para el desarrollo y ejecución de la presente ley.