Disposición final tercera. Creación y regulación del Registro de Acuerdos de Interés Profesional de Andalucía.
Disposición final tercera de la Ley 15/2011, de 23 de diciembre, Andaluza de Promoción del Trabajo Autónomo. · BOE-A-2012-878
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-01-01.
Texto consolidado
En el plazo máximo de seis meses a partir de la entrada en vigor de la presente se creará, por decreto de la consejería competente en materia de trabajo autónomo, el Registro de Acuerdos de Interés Profesional de Andalucía, contemplado en el artículo 14.
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