Disposición final tercera
Disposición final tercera de la Ley 13/1992, de 1 de junio, de Recursos propios y supervisión en base consolidada de las Entidades Financieras. · BOE-A-1992-12545
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1993-01-01.
Texto consolidado
1. La presente Ley entrará en vigor el día 1 de enero de 1993, con excepción de su capítulo V, que lo hará el 1 de enero de 1994.
2. El deber de consolidación en ella previsto será aplicable a cuantos estados contables deban presentarse a partir del 1 de enero de 1993.
3. En el plazo de tres meses, a contar desde la completa publicación de esta Ley, el Gobierno, a propuesta del Ministro de Economía y Hacienda, aprobará las disposiciones reglamentarias que la desarrollen.