Disposición final tercera.
Disposición final tercera de la Ley 1/2007, de 20 de marzo, de creación del Instituto de la Juventud de Extremadura. · BOE-A-2007-8041
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-04-16.
Texto consolidado
La presente Ley entrará en vigor a los veinte días desde su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.