Disposición final tercera. Modificación del Decreto 149/2009, de 12 de mayo.
Disposición final tercera del Decreto-ley 1/2017, de 28 de marzo, de medidas urgentes para favorecer la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía. · BOJA-b-2017-90330
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-03-30.
Texto consolidado
El Decreto 149/2009, de 12 de mayo, queda modificado de la siguiente forma: Se modifica el artículo 33 con la siguiente redacción:
«1. Los padres, madres o personas que ejerzan la tutela financiarán los servicios prestados a los niños y niñas que estén bajo su representación legal en las escuelas infantiles cuya titularidad corresponde a la Administración de la Junta de Andalucía, mediante el abono de los precios que se determinen para cada uno de ellos.
2. La prestación de los servicios de atención socioeducativa, comedor escolar y taller de juego será gratuita para el alumnado al que se refieren los artículos 36, 37 y 38, en los centros de titularidad de la Junta de Andalucía.
3. Para el alumnado no incluido en el apartado anterior se podrán establecer bonificaciones sobre los precios de los servicios que se modularán según tramos de ingresos de la unidad familiar.»
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