Disposición final sexta. Modificación de la Ley 12/2003, de 4 de abril, del Servicio Canario de Empleo.
Disposición final sexta de la Ley 9/2014, de 6 de noviembre, de medidas tributarias, administrativas y sociales de Canarias. · BOE-A-2014-11996
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-11-11.
Texto consolidado
Se añade un apartado 3 a la disposición adicional octava de la Ley 12/2003, de 4 de abril, del Servicio Canario de Empleo, con la siguiente redacción:
«3. Los datos de carácter personal relativos al alumnado contenidos en los ficheros informáticos que la consejería competente en materia de educación cree para el ejercicio de sus competencias podrán ser objeto de cesión sin el consentimiento expreso del interesado a las administraciones públicas, y en concreto al Servicio Canario de Empleo con el fin exclusivo de comparar las bases de datos de demandantes de ocupación y de alumnos de formación reglada mayores de 16 años. La cesión se realizará siempre en el marco del correspondiente convenio de colaboración que se suscriba al efecto y en los términos y con sujeción a las garantías que se fijen en el propio convenio, en la disposición de creación del fichero o disposición de superior rango que regule su uso, en su caso, y las establecidas en todo caso en la normativa sobre protección de datos de carácter personal.»
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- Ver la norma completa: Ley 9/2014, de 6 de noviembre, de medidas tributarias, administrativas y sociales de Canarias.