Disposición final sexta. Actividades prioritarias de mecenazgo.
Disposición final sexta de la Ley 34/2011, de 4 de octubre, reguladora del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía. · BOE-A-2011-15624
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-10-06.
Texto consolidado
Se entenderán como actividades prioritarias de mecenazgo las realizadas por el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía a efectos de la aplicación de los incentivos fiscales al mecenazgo establecidos en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
A tales efectos, la Ley de Presupuestos Generales del Estado podrá elevar en cinco puntos porcentuales, como máximo, los porcentajes y límites de las deducciones establecidas en los artículos 19, 20 y 21 de dicha ley.