Disposición final sexta. Regulación y puesta en marcha del Sistema Extrajudicial de Resolución de Conflictos en Andalucía del Trabajo Autónomo.
Disposición final sexta de la Ley 15/2011, de 23 de diciembre, Andaluza de Promoción del Trabajo Autónomo. · BOE-A-2012-878
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-01-01.
Texto consolidado
1. En el plazo máximo de seis meses desde la entrada en vigor de la presente Ley, se procederá a aprobar la normativa reglamentaria reguladora del Sistema Extrajudicial de Resolución de Conflictos en Andalucía del Trabajo Autónomo, y a la constitución e inicio de su funcionamiento material.
2. Hasta tanto no se produzca el inicio de su funcionamiento, las actividades de conciliación o mediación previas al ejercicio de las acciones judiciales en relación con el régimen profesional de los trabajadores autónomos económicamente dependientes serán asumidas en su totalidad por el Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación.