Disposición final séptima. Título competencial.
Disposición final séptima del Real Decreto 376/2022, de 17 de mayo, por el que se regulan los criterios de sostenibilidad y de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero de los biocarburantes, biolíquidos y combustibles de biomasa, así como el sistema de garantías de origen de los gases renovables. · BOE-A-2022-8121
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-05-19.
Texto consolidado
Este real decreto se dicta al amparo de lo previsto en el artículo 149.1.13.ª y 25.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado competencia exclusiva sobre las bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica y las bases del régimen minero y energético.
Más artículos de Real Decreto 376/2022
- ← Disposición final sexta. Salvaguardia del rango de ciertas disposiciones reglamentarias.
- → Disposición final octava. Incorporación de normas del Derecho de la Unión Europea.
- Ver la norma completa: Real Decreto 376/2022, de 17 de mayo, por el que se regulan los criterios de sostenibilidad y de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero de los biocarburantes, biolíquidos y combustibles de biomasa, así como el sistema de garantías de origen de los gases renovables.