Disposición final séptima. Modificación de la Ley 13/2008, de 3 de diciembre, de servicios sociales de Galicia.
Disposición final séptima de la Ley 15/2010, de 28 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas. · BOE-A-2011-2546
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-01-01.
Texto consolidado
Se añade un nuevo apartado 7 al artículo 56 de la Ley 13/2008, de 3 de diciembre, de servicios sociales de Galicia, con el siguiente contenido:
«7. En todo caso, los ingresos que recauden las administraciones públicas de Galicia en concepto de aportación de las personas usuarias para su participación en el coste de los servicios del sistema gallego de servicios sociales estarán afectados a la financiación del servicio y a la prestación que reciban.»