Disposición final séptima. Modificaciones del Decreto 62/2011, de 20 de mayo, por el que se regulan las modalidades de colaboración en las actividades formativas y en los procesos selectivos y de provisión organizados por la Escuela Balear de Administración Pública, y se aprueba el baremo de las indemnizaciones que se derivan.
Disposición final séptima del Decreto-ley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público de las Illes Balears. · BOE-A-2022-13798
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-06-16.
Texto consolidado
1. Se modifica el anexo 8 del Decreto 62/2011, de 20 de mayo, referido a las indemnizaciones correspondientes a la asistencia para la elaboración de exámenes, con el siguiente contenido:
«ANEXO 8
Indemnización por asistencia de los miembros de los órganos de selección y de los asesores especialistas (artículos 34 y 35)
Indemnización por sesión y día (presidencia y secretaría): 85 euros.
Indemnización por sesión y día (vocales): 75 euros.
Indemnización por sesión y día (asesores o asesoras especialistas): 85 euros.»
2. Se modifica el anexo 9 del Decreto 62/2011, de 20 de mayo, referido a las indemnizaciones correspondientes a la asistencia para la elaboración de exámenes, con el siguiente contenido:
«ANEXO 9
Indemnización correspondiente a la asistencia para la elaboración de exámenes (artículo 36)
Por la elaboración de cada caso práctico y su respuesta: 100 euros.
Por cada pregunta test elaborada junto con la respuesta correcta:
Grupo A: 9 euros/pregunta.
Grupo B y C: 6 euros/pregunta.
Por cada pregunta de desarrollo elaborada que no sea una transcripción del temario y su respuesta: 30 euros.»
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