Disposición final séptima. Coordinación y cumplimiento de obligaciones relativas al seguimiento de los proyectos financiados a través del Plan de Recuperación, Resiliencia y Transformación.
Disposición final séptima del Decreto-ley 6/2021, de 1 de abril, del Consell, de medidas urgentes en materia económico-administrativa para la ejecución de actuaciones financiadas por instrumentos europeos para apoyar la recuperación de la crisis consecuencia de la Covid-19. · DOGV-r-2021-90145
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-04-16.
Texto consolidado
Sin perjuicio de las funciones correspondientes al centro directivo de la Presidencia de la Generalitat con competencias en materia de coordinación de la acción del Gobierno, la conselleria competente en materia de hacienda adoptará las medidas necesarias para asegurar el cumplimiento por parte de la Administración de la Generalitat y de su sector público instrumental de las obligaciones que se establecen en el artículo 46 del Real Decreto ley 36/2020, de 30 de diciembre, tanto en materia de identificación de los proyectos e iniciativas, como de remisión periódica de la información sobre el seguimiento de la ejecución presupuestaria.
Más artículos de Decreto-ley 6/2021
- ← Disposición final sexta. Rango de las disposiciones reglamentarias modificadas.
- → Disposición final octava. Habilitación para desarrollo reglamentario.
- Ver la norma completa: Decreto-ley 6/2021, de 1 de abril, del Consell, de medidas urgentes en materia económico-administrativa para la ejecución de actuaciones financiadas por instrumentos europeos para apoyar la recuperación de la crisis consecuencia de la Covid-19.