Disposición final segunda. Salvaguardia del rango de disposiciones reglamentarias.
Disposición final segunda del Real Decreto-ley 5/2026, de 17 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes en respuesta a los daños causados por diversos fenómenos meteorológicos adversos, de especial afectación en las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura. · BOE-A-2026-3810
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-02-20.
Texto consolidado
Las determinaciones incluidas en normas reglamentarias que son objeto de modificación por este real decreto-ley podrán ser modificadas por normas del rango reglamentario correspondiente a la norma en que figuran.
Más artículos de Real Decreto-ley 5/2026
- ← Disposición final primera. Modificación del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre, por el que se adoptan medidas…
- → Disposición final tercera. Títulos competenciales.
- Ver la norma completa: Real Decreto-ley 5/2026, de 17 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes en respuesta a los daños causados por diversos fenómenos meteorológicos adversos, de especial afectación en las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura.