Disposición final segunda. Habilitación normativa.
Disposición final segunda del Real Decreto-ley 4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales. · BOE-A-2012-2722
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-02-26.
Texto consolidado
Se habilita al Gobierno y al Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, en el ámbito de sus competencias, para dictar las disposiciones y adoptar las medidas necesarias para el desarrollo y ejecución de lo establecido en este Real Decreto-ley.
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