Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Disposición final segunda del Real Decreto-ley 18/2011, de 18 de noviembre, por el que se regulan las bonificaciones de cuotas a la Seguridad Social de los contratos de trabajo celebrados con personas con discapacidad por la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE) y se establecen medidas de Seguridad Social para las personas trabajadoras afectadas por la crisis de la bacteria "E.coli". · BOE-A-2011-18132
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-11-19.
Texto consolidado
El presente Real Decreto-ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», si bien su artículo 1 tendrá efectos económicos a partir del 1 de enero de 2012.
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