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Real Decreto-ley Vigente

Disposición final segunda. Títulos competenciales.

Disposición final segunda del Real Decreto-ley 1/2022, de 18 de enero, por el que se modifican la Ley 9/2012, de 14 de noviembre, de reestructuración y resolución de entidades de crédito; la Ley 11/2015, de 18 de junio, de recuperación y resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión; y el Real Decreto 1559/2012, de 15 de noviembre, por el que se establece el régimen jurídico de las sociedades de gestión de activos, en relación con el régimen jurídico de la Sociedad de Gestión de Activos procedentes de la Reestructuración Bancaria. · BOE-A-2022-800

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-01-20.

Texto consolidado

Este real decreto-ley se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.6.ª, 11.ª, 13.ª y 14.ª de la Constitución, que atribuyen al Estado la competencia exclusiva sobre la legislación mercantil, procesal y civil; bases de la ordenación del crédito, banca y seguros; bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica; y de Hacienda general.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-01-20.

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