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Real Decreto Vigente

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

Disposición final segunda del Real Decreto 970/2021, de 8 de noviembre, por el que se modifican el Real Decreto 1644/1997, de 31 de octubre, relativo a las normas de autorización administrativa y requisitos de solvencia de las sociedades de reafianzamiento, el Real Decreto 2660/1998, de 14 de diciembre, sobre el cambio de moneda extranjera en establecimientos abiertos al público distintos de las entidades de crédito, y el Real Decreto 84/2015, de 13 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito. · BOE-A-2021-18286

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-11-10.

Texto consolidado

El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», a excepción de la modificación del artículo 57.1, la introducción de los nuevos artículos 73 bis y 74 bis y la modificación del artículo 75 del Real Decreto 84/2015, de 13 de febrero, que entrarán en vigor el 1 de enero de 2022.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-11-10.

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