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Real Decreto Vigente

Disposición final segunda. Facultad de desarrollo.

Disposición final segunda del Real Decreto 956/2002, de 13 de septiembre, por el que se aprueban las sustancias que pueden añadirse para fines de nutrición específicos en los preparados alimenticios destinados a una alimentación especial (dietéticos). · BOE-A-2002-17870

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-09-15.

Texto consolidado

Se faculta a los Ministros de Sanidad y Consumo, de Agricultura, Pesca y Alimentación y de Ciencia y Tecnología para dictar, en el ámbito de sus competencias, las disposiciones necesarias para el desarrollo de lo establecido en el presente Real Decreto, y en particular para actualizar su anexo en adaptación a la normativa emanada de la Unión Europea.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-09-15.

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