Disposición final segunda. Habilitación normativa.
Disposición final segunda del Real Decreto 903/2007, de 6 de julio, por el que se aprueba el Estatuto del Organismo Autónomo «Programas Educativos Europeos». · BOE-A-2007-13179
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-07-08.
Texto consolidado
Se habilita al Ministro de Educación y Ciencia para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en el presente real decreto, sin perjuicio de las competencias que correspondan a otros Departamentos Ministeriales.
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