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Real Decreto Vigente

Disposición final segunda. Facultad de desarrollo.

Disposición final segunda del Real Decreto 833/2014, de 3 de octubre, por el que se establece y regula el Registro General de Operadores Ecológicos y se crea la Mesa de coordinación de la producción ecológica. · BOE-A-2014-10522

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-10-18.

Texto consolidado

Se faculta al Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente para adoptar, en el ámbito de sus atribuciones, las disposiciones y medidas necesarias para el desarrollo y aplicación de lo dispuesto en este real decreto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-10-18.

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