Disposición final segunda. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
Disposición final segunda del Real Decreto 712/2025, de 26 de agosto, de neumáticos al final de su vida útil. · BOE-A-2025-17186
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-08-28.
Texto consolidado
1. Se autoriza a las personas titulares del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y de Industria y Turismo para dictar, en el ámbito de sus respectivas competencias, las disposiciones necesarias para la aplicación y el desarrollo de lo establecido en este real decreto.
2. Se faculta a la persona titular del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico para, en los mismos términos del apartado anterior, introducir en los anexos cuantas modificaciones de carácter técnico fuesen precisas para mantenerlos adaptados a las innovaciones técnicas que se produzcan y especialmente a lo dispuesto en la normativa de la Unión Europea.