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Real Decreto Derogada

Disposición final segunda. Modificación del artículo 3 del Real Decreto 1392/1993, de 4 de agosto.

Disposición final segunda del Real Decreto 664/1999, de 23 de abril, sobre inversiones exteriores. · BOE-A-1999-9938

Atención: Real Decreto 664/1999 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El artículo 3 del Real Decreto 1392/1993, de 4 de agosto, por el que se regula el procedimiento sancionador de las infracciones administrativas en materia de control de cambios quedará como sigue:

«La competencia para iniciar el procedimiento sancionador corresponderá al Director general del Tesoro y Política Financiera, previo informe del Departamento ministerial competente por razón de la materia.»

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-05-24.

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