Disposición final segunda. Incorporación del derecho de la Unión Europea.
Disposición final segunda del Real Decreto 639/2016, de 9 de diciembre, por el que se establece un marco de medidas para la implantación de una infraestructura para los combustibles alternativos. · BOE-A-2016-11738
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-12-11.
Texto consolidado
Mediante este real decreto se incorporan al derecho español los artículos 1, 2, 4.4, 4.6 al 4.12, 5.2, 6.9, 7, 10 y 11, así como los anexos I y II de Directiva 2014/94/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2014, relativa a la implantación de una infraestructura para los combustibles alternativos.
Más artículos de Real Decreto 639/2016
- ← Disposición final primera. Título competencial.
- → Disposición final tercera. Habilitación para la modificación del contenido de los anexos este real decreto.
- Ver la norma completa: Real Decreto 639/2016, de 9 de diciembre, por el que se establece un marco de medidas para la implantación de una infraestructura para los combustibles alternativos.