Disposición final segunda. Funcionamiento de la Comisión Permanente.
Disposición final segunda del Real Decreto 6/1994, de 14 de enero, por el que se crea la Comisión Interministerial de Turismo. · BOE-A-1994-2866
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-02-06.
Texto consolidado
El régimen de funcionamiento de la Comisión Permanente se desarrollará, previo acuerdo del Pleno de la Comisión Interministerial, mediante orden de la Ministra de Industria, Comercio y Turismo.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 5 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2019-1538.