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Real Decreto Vigente

Disposición final segunda. Desarrollo, ejecución y aplicación.

Disposición final segunda del Real Decreto 568/2020, de 16 de junio, por el que se designa a la autoridad notificante, y se determinan otras obligaciones, en cumplimiento del Reglamento (UE) 2019/1009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de junio de 2019, por el que se establecen disposiciones relativas a la puesta a disposición en el mercado de los productos fertilizantes UE y se modifican los Reglamentos (CE) n.º 1069/2009 y (CE) n.º 1107/2009 y se deroga el Reglamento (CE) n.º 2003/2003. · BOE-A-2020-6233

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-06-18.

Texto consolidado

Se habilita al Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación para dictar las disposiciones que sean necesarias para el desarrollo normativo y ejecución de este real decreto, así como para adoptar las medidas necesarias para su aplicación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-06-18.

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