Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Disposición final segunda del Real Decreto 493/2021, de 6 de julio, por el que se modifica el límite de altura de sobrevuelo del territorio de determinados parques nacionales, dispuesto en el artículo 7, número 3, letra e) de la Ley 30/2014, de 3 de diciembre, de Parques Nacionales. · BOE-A-2021-11237
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-07-08.
Texto consolidado
1. Este real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
2. Lo dispuesto en este real decreto surtirá efectos, una vez que las limitaciones de altura de sobrevuelo previstas hayan sido publicadas en la Publicación de Información Aeronáutica (AIP).
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