Disposición final segunda. Facultad de desarrollo y modificación.
Disposición final segunda del Real Decreto 488/2010, de 23 de abril, por el que se regulan los productos zoosanitarios. · BOE-A-2010-6486
Atención: Real Decreto 488/2010 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Se faculta al titular del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente para dictar las disposiciones necesarias para la aplicación y desarrollo de este real decreto.
Asimismo, se faculta al titular del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente para modificar los modelos contenidos en los anexos de este real decreto.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2015-10199.