Disposición final segunda. Régimen de personal.
Disposición final segunda del Real Decreto 483/1999, de 18 de marzo, por el que se crean los centros docentes de formación de la Guardia Civil. · BOE-A-1999-7246
Atención: Real Decreto 483/1999 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El Ministro del Interior determinará el procedimiento para el acoplamiento en los nuevos centros docentes, del personal actualmente destinado en los centros suprimidos por la disposición adicional segunda del presente Real Decreto.