Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Disposición final segunda del Real Decreto 410/2002, de 3 de mayo, por el que se desarrolla el apartado 3 del artículo 17 de la Ley 25/1994, de 12 de julio, modificada por la Ley 22/1999, de 7 de junio, y se establecen criterios uniformes de clasificación y señalización para los programas de televisión. · BOE-A-2002-9855
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-06-23.
Texto consolidado
El presente Real Decreto entrará en vigor transcurrido un mes desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
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