Disposición final segunda. Facultad de desarrollo.
Disposición final segunda del Real Decreto 372/2003, de 28 de marzo, por el que se establece y regula el Registro general de establecimientos de gallinas ponedoras. · BOE-A-2003-6488
Atención: Real Decreto 372/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Se faculta al Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación para adoptar, en el ámbito de sus competencias, las medidas necesarias para el desarrollo de lo dispuesto en este real decreto.