Disposición final segunda. Ejecución del real decreto.
Disposición final segunda del Real Decreto 324/2008, de 29 de febrero, por el que se establecen las condiciones y el procedimiento de funcionamiento y participación en las emisiones primarias de energía eléctrica. · BOE-A-2008-5379
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-03-21.
Texto consolidado
1. La Secretaría General de Energía dictará las resoluciones necesarias para la ejecución de lo establecido en este real decreto.
2. Asimismo, la Comisión Nacional de Energía adoptará las medidas que resulten necesarias para el ejercicio de las funciones que le asigna este real decreto y, en su caso, de las que se le encomienden en las previstas resoluciones de la Secretaría General de Energía.
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