Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Disposición final segunda del Real Decreto 2665/1998, de 11 de diciembre, por el que se completa el Real Decreto 487/1998, de 27 de marzo, sobre reconocimiento, como cotizados a la Seguridad Social, de los períodos de actividad sacerdotal o religiosa a los sacerdotes y religiosos o religiosas de la Iglesia Católica secularizados. · BOE-A-1999-345
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-01-09.
Texto consolidado
Lo previsto en el presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
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