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Real Decreto Derogada

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

Disposición final segunda del Real Decreto 231/2002, de 1 de marzo, por el que se regula el Registro Central de Rebeldes Civiles. · BOE-A-2002-5333

Atención: Real Decreto 231/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-03-17.

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