Disposición final segunda. Facultad de desarrollo.
Disposición final segunda del Real Decreto 225/2006, de 24 de febrero, por el que se regulan determinados aspectos de las ventas a distancia y la inscripción en el registro de empresas de ventas a distancia. · BOE-A-2006-5375
Atención: Real Decreto 225/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Se faculta al Ministro de Industria, Turismo y Comercio para que, en el ámbito de sus competencias, dicte cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de lo establecido en este real decreto.