Disposición final segunda. Desarrollo normativo y adaptación de los anexos.
Disposición final segunda del Real Decreto 183/2004, de 30 de enero, por el que se regula la tarjeta sanitaria individual. · BOE-A-2004-2591
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-09-19.
Texto consolidado
Se habilita a la persona titular del Ministerio de Sanidad a dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo de lo establecido en este real decreto, así como para adaptar por orden ministerial el contenido de los anexos al progreso o innovaciones técnicas y a la normativa de la Unión Europea.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2024-18620.