Disposición final segunda. Facultad de desarrollo.
Disposición final segunda del Real Decreto 1747/2003, de 19 de diciembre, por el que se regulan los sistemas eléctricos insulares y extrapeninsulares. · BOE-A-2003-23756
Atención: Real Decreto 1747/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Se faculta al Ministro de Economía para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo de este real decreto, previo acuerdo con las comunidades autónomas y las Ciudades de Ceuta y Melilla.