Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Disposición final segunda del Real Decreto 1722/2012, de 28 de diciembre, por el que se desarrollan aspectos relativos a la asignación de derechos de emisión en el marco de la Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero. · BOE-A-2012-15713
Atención: Real Decreto 1722/2012 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
2. No obstante lo previsto en el apartado anterior, el apartado 3 del artículo 5 y el apartado 4 del artículo 7 únicamente tendrán efectos a partir de 1 de enero de 2013.
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