Disposición final segunda. Habilitación.
Disposición final segunda del Real Decreto 1696/2007, de 14 de diciembre, por el que se regulan los reconocimientos médicos de embarque marítimo. · BOE-A-2007-22533
Atención: Real Decreto 1696/2007 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Se faculta al Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, en el ámbito de sus competencias, para dictar las normas de aplicación y desarrollo de este real decreto.