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Real Decreto Vigente

Disposición final segunda. Habilitaciones.

Disposición final segunda del Real Decreto 1618/2011, de 14 de noviembre, sobre reconocimiento de estudios en el ámbito de la Educación Superior. · BOE-A-2011-19597

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-12-17.

Texto consolidado

Se habilita al Ministro de Educación para aprobar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y aplicación de esta norma y, en particular, para:

a) Establecer criterios generales para la concreción de la relación directa entre los títulos universitarios de grado y los títulos de grado de enseñanzas artísticas, de técnico superior y de técnico deportivo superior.

b) Establecer criterios específicos para la valoración del reconocimiento entre enseñanzas de educación superior, previo informe del Consejo Escolar del Estado, del Consejo Superior de Enseñanzas Artísticas y del Consejo de Universidades, y oídas las Comunidades Autónomas.

c) Actualizar el anexo 2 de este Real Decreto, como consecuencia de la aprobación de títulos de técnico superior y de técnico deportivo superior con posterioridad a la entrada en vigor de este Real Decreto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-12-17.

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