Disposición final segunda.
Disposición final segunda del Real Decreto 1489/1994, de 1 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Circulación Aérea Operativa. · BOE-A-1994-18714
Atención: Real Decreto 1489/1994 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El Ejército del Aire, como principal responsable del control del espacio aéreo y de la circulación aérea operativa, será el órgano encargado de proponer, elaborar y difundir las disposiciones de índole técnica y funcional que sean necesarias para la ejecución de lo dispuesto en la disposición final primera.