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Real Decreto Vigente

Disposición final segunda. Habilitación de desarrollo.

Disposición final segunda del Real Decreto 1202/2005, de 10 de octubre, sobre el transporte de mercancías perecederas y los vehículos especiales utilizados en estos transportes. · BOE-A-2005-17345

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-10-22.

Texto consolidado

Se faculta a los Ministros de Asuntos Exteriores y de Cooperación, del Interior, de Fomento, de Industria, Turismo y Comercio, de Agricultura, Pesca y Alimentación y de Sanidad y Consumo para dictar, conjunta o separadamente, según sus respectivas competencias, las disposiciones necesarias para el desarrollo y aplicación de este real decreto, previo informe de la Comisión para la coordinación del transporte de mercancías perecederas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-10-22.

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