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Real Decreto Vigente

Disposición final segunda. Facultad de aplicación.

Disposición final segunda del Real Decreto 1163/2005, de 30 de septiembre, por el que se regula el distintivo público de confianza en los servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico, así como los requisitos y el procedimiento de concesión. · BOE-A-2005-16699

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-10-09.

Texto consolidado

Los órganos competentes de las comunidades autónomas podrán adoptar las resoluciones precisas para la aplicación de lo dispuesto en este real decreto, en particular aquellas que posibiliten la gestión íntegra de los procedimientos previstos en él mediante la utilización de técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas, de conformidad con lo previsto en la normativa vigente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-10-09.

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