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Real Decreto Vigente

Disposición final segunda. Habilitación para el desarrollo reglamentario del procedimiento de expedición de los pasaportes.

Disposición final segunda del Real Decreto 1123/2008, de 4 de julio, sobre pasaportes diplomáticos. · BOE-A-2008-11576

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-07-10.

Texto consolidado

El procedimiento de expedición de pasaportes diplomáticos se regulará mediante orden del Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación, de conformidad con la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-07-10.

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