Disposición final segunda. Título competencial.
Disposición final segunda del Real Decreto 1082/2014, de 19 de diciembre, por el que se establecen especialidades para la aplicación de las normas sobre tiempos de conducción y descanso en el transporte por carretera desarrollado en islas cuya superficie no supere los 2.300 kilómetros cuadrados. · BOE-A-2015-246
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-01-13.
Texto consolidado
Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.21.ª de la Constitución, que atribuye al Estado competencia sobre los transportes terrestres que discurran por más de una comunidad autónoma y sobre tráfico y circulación de vehículos a motor.
Más artículos de Real Decreto 1082/2014
- ← Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 640/2007, de 18 de mayo, por el que se establecen excepcione…
- → Disposición final tercera. Desarrollo del derecho de la Unión Europea.
- Ver la norma completa: Real Decreto 1082/2014, de 19 de diciembre, por el que se establecen especialidades para la aplicación de las normas sobre tiempos de conducción y descanso en el transporte por carretera desarrollado en islas cuya superficie no supere los 2.300 kilómetros cuadrados.