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Real Decreto Derogada

Disposición final segunda. Facultad de desarrollo.

Disposición final segunda del Real Decreto 1079/2002, de 18 de octubre, por el que se regulan los contenidos máximos de nicotina, alquitrán y monóxido de carbono de los cigarrillos, el etiquetado de los productos del tabaco, así como las medidas relativas a ingredientes y denominaciones de los productos del tabaco. · BOE-A-2002-20273

Atención: Real Decreto 1079/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Se faculta a la Ministra de Sanidad y Consumo para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo de lo establecido en el presente Real Decreto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-10-19.

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