Disposición final segunda. Habilitación normativa.
Disposición final segunda del Real Decreto 1044/2003, de 1 de agosto, por el que se establece el procedimiento para la expedición por las universidades del Suplemento Europeo al Título. · BOE-A-2003-17310
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-09-12.
Texto consolidado
Corresponde al Ministro de Educación, Cultura y Deporte dictar, en el ámbito de sus atribuciones, las disposiciones que sean necesarias para la aplicación de lo dispuesto en este real decreto.
Por Orden del Ministro de Educación, Cultura y Deporte podrán modificarse el formato y los modelos del Suplemento Europeo al Título que figuran en los anexos.