Disposición final segunda. Título competencial.
Disposición final segunda del Real Decreto 103/2019, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador predoctoral en formación. · BOE-A-2019-3700
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-03-16.
Texto consolidado
Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.7.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de legislación laboral. Asimismo, se dicta al amparo de lo establecido en el artículo 149.1.15.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica, excepto los apartados g) y h) del artículo 12 y c) del artículo 13, que se dictan al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.9.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de legislación sobre propiedad intelectual e industrial; y la disposición adicional única, que se dicta al amparo del artículo 149.1.17.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de legislación básica y régimen económico de la Seguridad Social.
Más artículos de Real Decreto 103/2019
- ← Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la orde…
- → Disposición final tercera. Clave correspondiente al contrato predoctoral.
- Ver la norma completa: Real Decreto 103/2019, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador predoctoral en formación.