Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Disposición final segunda de la Orden TED/776/2020, de 4 de agosto, por la que se revisan los precios de producto y logística a emplear en la determinación del precio de combustible y se establece un valor tope del tiempo de arranque de liquidación por instalación tipo aplicable a las instalaciones de producción ubicadas en los territorios no peninsulares con régimen retributivo adicional. · BOE-A-2020-9339
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-08-08.
Texto consolidado
La presente orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial de Estado» y tendrá efectos desde el día 1 de enero de 2020.
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