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Orden Derogada

Disposición final segunda. Título competencial.

Disposición final segunda de la Orden ITC/69/2010, de 18 de enero, por la que se desarrolla lo establecido en el artículo 10.7 del Real Decreto 425/2005, de 15 de abril, por el que se establecen los requisitos técnicos y las normas de actuación que deben cumplir los centros técnicos para la instalación, verificación, control e inspección de tacógrafos digitales. · BOE-A-2010-1175

Atención: Orden ITC/69/2010 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Esta orden se dicta al amparo de lo establecido en el artículo 149.1.21ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de tráfico y circulación de vehículos a motor, sin perjuicio de las competencias que, en su caso, correspondan a las comunidades autónomas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-04-26.

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