Disposición final segunda. Facultades de ejecución y aplicación.
Disposición final segunda de la Orden ISM/164/2026, de 2 de marzo, por la que se regula el Registro Electrónico de Colaboradores de Extranjería. · BOE-A-2026-5128
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-03-06.
Texto consolidado
Se faculta a la Dirección General de Gestión Migratoria para dictar las medidas que sean necesarias en la ejecución y la aplicación de lo previsto en esta orden.